El abogado Ezequiel Reina, especialista en materia electoral, fue entrevistado en el programa Miradas de Radio que se emite en LU3 AM 1080 acerca de distintos aspectos legales referidos a los comicios acontecidos el pasado domingo 07 de septiembre en nuestra provincia.

Particularmente, atento al bajo porcentaje del padrón electoral, Reina indicó que, en caso de no justificar su inasistencia, según la Ley Electoral bonaerense todos aquellos electores mayores de 18 años y menores de 70 años que no emitieron su voto son infractores y como tales recibirán una multa.
Entre las posibilidades que la normativa permite tener en cuenta cabe mencionar a aquellos que se encontraban a mas de 500 km del lugar de votación (habiendo acreditado esa circunstancia en sede policial u otra alternativa) , quienes tengan una afectación a la salud (contando con el certificado médico correspondiente) o a raíz de un motivo de fuerza mayor que resulte comprobable.
Para ello, en un plazo de 60 días a contar desde el día de la elección, deberán ingresar a la página de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires (https://www.juntaelectoral.gba.gov.ar/consulta/justificacion-no-emision-voto/index.php) para poder informar con la documentación correspondiente el motivo de la no emisión del voto .