A través del Boletín Oficial, la ANMAT anunció que se prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una miel natural, una marca de ají y un desinfectante. Esto debido a que dichos productos carecían de información en sus rótulos y por ende, resultaban riesgosos para la población. La medida que abarca a los productos de tres marcas distintas rige para todo el territorio nacional.
Se informó que el “Ají picante – Línea Tradicional, Cooperativa de Trabajadores Tomateros Fraileños, RPE 02-031216 – PPA 02-567938” está “falsamente rotulado” con información de otro producto y empresa. Además, carece de registros sanitarios de modo que fue considerado como un producto “ilegal”.
Ante dicha situación, se prohibió la venta del ají con el objetivo de proteger la salud de las personas ya que no se puede garantizar sus condiciones de elaboración o calidad bajo las normativas vigentes.
En el mismo sentido, la ANMAT prohibió la “Miel Natural, marca Estancia El Portizuelo, RNE: 21- 085278, RNPA: 4074-3849-08, Producción Apícola, RN8 Km 614, Córdoba” dado que el establecimiento no contaba con autorización y estaba mal rotulado. Por tal motivo, fue considerado como un producto “ilegal” y de riesgo para la población.
Finalmente, la ANMAT prohibió la comercialización del desinfectante “Nuevo CuidAR Plus Desinfectante Amonio Cuaternario 5ta. Generación, de rápida acción y efecto residual, Ideal para todo tipo de superficies”. El mismo se vendía en envase de 5 litros para uso hospitalario, vía pública u hogar. Sin embargo, la empresa a cargo advirtió que se trató de un producto elaborado en solo dos oportunidades de 2020 y nunca más lo habían fabricado. Por tal motivo, al analizarse el envase actual se determinó que no contaba con el registro legal.
Fuente 0291 y filo