En una investigación realizada por la Fiscal Natalia Ramos, el Tribunal Oral Criminal N.º 1 condenó a un hombre a la pena de 12 años de prisión por haber abusado de la hija de su pareja, quien tenía conocimiento de la situación y prestó colaboración para que eso sucediera. A ella la condenaron a 9 años de prisión por ser partícipe necesaria de esos abusos.
Los hechos se produjeron durante los años 2012 y 2013, cuando la menor tenía 13 años. Esto sucedió en el interior de la casa que compartían en la localidad de Tres Arroyos, el hombre abusó sexualmente de la nena accediéndola carnalmente, aprovechando su situación de vulnerabilidad.
La cooperación necesaria de la mujer consistió en llevar a su hija a la habitación donde se encontraba la otra persona a los fines de que se consumara el abuso, avalando su comisión.
También se la acusa de haber prestado consentimiento para que la menor sufriera otro abuso por parte del hombre en el interior de un camión, ubicado en la vía pública.
El Tribunal condenó al hombre como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, reiterado, agravado por la condición de guardador de la víctima.
Y a la mujer, madre de la nena, como partícipe necesaria del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la condición de encargada de la guarda, y por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una víctima menor de dieciocho años.