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Día del Empleado de Comercio 2024: ¿Cuándo es y cómo se abona?

Los días 26 de septiembre de cada año se celebra el día del Empleado de Comercio en nuestro país.

La Federación de Empleados de Comercio y Servicios, en conjunto con las cámaras del sector, firmaron el acuerdo que traspasa el Día del Empleado de Comercio al lunes 30 de septiembre 2024.

La razón del traspaso pretende facilitar el cierre de negocios, supermercados y shoppings para que el festejo sea íntegro.Ante ello los mercantiles estarán exentos de prestar servicios laborales durante todo el lunes 30 de septiembre.

Este día será feriado nacional, por lo cual los empleados van a poder optar por no prestar tareas (sin que su salario se vea afectado) , o bien, cobrar la jornada con un recargo equivalente al 100%.

¿Cómo se abona?

Se pueden dar las siguientes situaciones:

El trabajador no presta servicios: El día feriado no trabajado se calcula dividiendo la totalidad de la remuneración correspondiente al mes respectivo por 25, y aplicando el importe al día feriado en cuestión, generándose el “plus por feriado”.

El trabajador presta servicios: En el caso de que el trabajador asista a su trabajo, se le deberá abonar el día a valor normal más una suma igual, es decir, un recargo del 100% .

Se aclara que deberán considerarse todos los conceptos remunerativos y no remunerativos en la base de cálculo.

Firma: Estudio Juridico Graff & Asociados@estudiojuridicograff

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