«Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre, inclusive», según informó el organismo fiscal en un comunicado.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó a partir de hoy el sistema para que las empresas tramiten los créditos a tasa subsidiada destinados al pago de los salarios de octubre.
«Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre, inclusive», según informó el organismo fiscal.
En el parte, la responsable de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, destacó que «el Programa ATP forma parte de las distintas políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la pandemia. El Estado argentino invirtió más de $ 230.000 millones a lo largo de los últimos seis meses para sostener puestos de trabajo e ingresos».
El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP dispuso que «las empresas registradas que hubieran presentado una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de setiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27%».
En tanto, «aquellos empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%», añadió el comunicado.
Las empresas que accedan a los créditos a tasa subsidiada contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Los empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del Fondep.
Asimismo, indicó que “los empleadores habilitados ingresarán con clave fiscal al servicio Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción donde deberán seleccionar la opción Crédito a Tasa Subsidiada».
Finalmente, detalló que «el sistema determinará e informará el monto máximo al que puede acceder cada empleador y los contribuyentes deberán ingresar una dirección de correo electrónico ya que el trámite se finaliza en la entidad bancaria seleccionada».
Fuente:Telam