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AFIP extiende beneficios para monotributistas

El organismo estableció que ningún monotributista será dado de baja por la falta de pago de sus obligaciones durante abril.

La Administración Federal de Ingresos Públicos estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen. Lo hizo a través de la resolución general publicada en el Boletín Oficial.

Además, suspendió las exclusiones de abril y todo proceso vinculado a la categorización de los pequeños contribuyentes.

De esta forma, los cambios introducidos por la Ley 27.618 alivian la carga de los contribuyentes que son excluidos del régimen simplificado. También genera un puente entre este régimen y el general, y resuelve el problema de actualización del monotributo durante 2020.

La resolución garantiza que ningún monotributista sea dado de baja de oficio del régimen por falta de pago ni sea excluido mientras se perfeccionan los cambios.

Por su parte, la ley estableció que la AFIP será la encargada, por única vez, de volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado. Aún cuando esa adhesión hubiese ocurrido a partir del 1 de enero de 2021, considerando los valores de los parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados que resulten de la actualización que se efectúe y la información declarada

Los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado podrán solicitar la modificación de la nueva categoría.

Además, la norma dispone que el pago fuera de término del concepto de impuesto integrado y de las cotizaciones, no dará lugar a intereses resarcitorios.

 

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