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Cambios: la Licencia de Conducir no tendrá fecha de vencimiento

El Gobierno nacional a través del Decreto 196/2025 generó cambios considerables en la reglamentación de la Ley N°24.449 de Tránsito y Seguridad Vial. Las variaciones generadas por esta decisión son 10 y, una de ellas es el cambio en lo que a la Licencia de Conducir respecta.

Uno de los argumentos que respaldan la medida se da para simplificar los trámites que deben hacer los usuarios de vehículos, como así también para sumarse a los avances de la tecnología.

¿Cuáles son las modificaciones respecto a la Licencia de Conducir?

Licencia de Conducir no vence más: Además de no vencer más, la Licencia Nacional de Conducir será digital.

Psicofísico: Los conductores de los diferentes vehículos desde ahora en adelante deberán renovar su examen psicofísico de manera periódica y, el mismo podrá ser emitido solo por profesionales de la medicina de organismos públicos o privados que estén habilitados en los registros para realizar tal certificación.

Renovación: La frecuencia de renovación será ahora cada cinco años para los conductores en general, pero habrá salvedades como, por ejemplo, los conductores de más de 65 y menos de 70 años la deberán hacer cada tres años y, cada año para las personas de más de 70 años.

Licencia física: La licencia física continuará emitiéndose, pero solo como un documento optativo, ya que no será requerida de manera obligatoria. Será opcional.

Licencia digital: La licencia digital será la válida y será uno de los documentos oficiales dentro de la aplicación “Mi Argentina”.

Actualización On line: La actualización del psicofísico de la persona se realizará de manera remota y digital, reflejándose de manera automáticamente en la licencia digital.

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