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Condenan a 7 años de prisión a una mujer por participar de un violento robo

En el marco de una causa investigada por la UFIJ N.º 7, a cargo del fiscal Marcelo Romero Jardín,el Tribunal en lo Criminal N° 3- compuesto por el Dr. Julián Saldías, la Dra. Daniela Fabiana Castaño y el Dr. Eduardo d´Empaire- condenó a Mariana Mariel Molina a la pena de 7 años y 3 meses de prisión por ser considerada coautora del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego apta para el disparo.

El hecho se produjo el 9 de agosto del 2012 en el domicilio ubicado en Magallanes al 1400 de Bahía Blanca cuando, con la intervención de dos sujetos aún no identificados uno de los cuales utilizó un arma de fuego apta para el disparo, Molina le habría sustraído al propietario de la casa 20.000 pesos, un teléfono celular y una campera. Antes de retirarse uno de ellos le disparó al hombre.

En los fundamentos esgrimidos en el fallo, los jueces sostienen que el mensaje de texto extraído del teléfono celular de la imputada “permite afirmar que Molina actuó como un eslabón en la cadena de roles para perpetrar el ilícito”.

Además, consideraron que la conducta de la imputada no se limitó al mero encuentro con la víctima “sino que fue la persona que brindó el domicilio exacto para que concurran los otros dos sujetos masculinos para cometer el robo, y uno de ellos, que contaba con un arma de fuego, la utilizó efectuando un disparo para vencer la resistencia de la víctima”.

También, detallan que quedó claro que fue Molina quien les abrió la puerta del domicilio para que pudieran ingresar, ya que la víctima explicó en forma clara durante el debate que cuando consultó la identidad de las personas que golpeaban la puerta, al no contestarle, no les posibilitó su acceso.

Señalan que la conducta de Molina se enmarca “en una acción colectiva o plan común, bajo una distribución funcional de tareas”, de acuerdo a las características del hecho.

“En este caso, Molina participó en la estructura delictiva contactando a la víctima; sindicando la ubicación precisa de su domicilio; y abriendo la puerta de la vivienda para que los otros dos sujetos ingresaran y pudiera cumplirse -como lo hicieron- el plan de desapoderarlo de sus bienes”, señala el juez Saldías en su voto.

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