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  • Sociedad

Cuáles son los requisitos para participar en el sorteo de Procrear II en Bahía Blanca

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat anunció que entre el 2 y el 20 de diciembre se abrirá la inscripción para sortear más de 900 viviendas, en Desarrollos Urbanísticos de Procrear II, entre los cuales se incluyen algunos en Bahía Blanca.

Los detalles de la inscripción se encuentran en el sitio, y de acuerdo con la información del gobierno los requisitos para participar son los siguientes:

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el formulario de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 2 SMVyM y 8 SMVyM (es decir, entre $62.208 y $248.832). Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado, su cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • Titular y cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.
  • Matrimonio.
  • Unión convivencial.
  • Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular
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