Será desde el 1° de marzo. Las carnicerías cuyo dueño sea monotributista con hasta tres empleados o que sea autónomo serán inscriptos directamente por AFIP en un registro especial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el régimen de reintegros del 10% para consumidores finales que realicen compras en carnicerías con tarjeta de débito, prepagas o similares asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras o fintech.
La medida entrará en vigencia el 1° de marzo, hasta el 31 de diciembre de este año, e incluye un diferimiento por 90 días en el pago de obligaciones impositivas a los comercios enmarcados en esta actividad.
El beneficio instrumentado a partir de la Resolución General 5330 publicada en el Boletín Oficial consiste en un reintegro del 10% del monto de la operación realizada en establecimientos dedicados a la comercialización de carne vacuna, con un tope de devolución de hasta $2.000 mensuales.
Estará vigente para las transacciones mediante terminales de pago como por medio de códigos QR. Por otro lado, el Banco Nación instrumentará para sábados y domingos un reintegro de $3.000 por compra.
Las entidades financieras deberán acreditar la suma en las cuentas de los consumidores finales a los cuatro días de concretada la operación, y el detalle deberá figurar en el resumen de cuenta físico o electrónico de los clientes.
Para ello, el organismo conducido por Carlos Castagneto creó un nuevo “Registro de carnicerías”.
Los comercios que revistan la categoría de Responsable Inscripto o sean monotributistas con hasta tres empleados declarados, serán incorporados de manera automática.
El resto de los contribuyentes deberá inscribirse a través del Sistema Registral del sitio web del organismo.
Allí deberán seleccionar la opción “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales” y seleccionar la caracterización “Carnicerías Minoristas – Régimen de reintegro”.
Fuente: N.A