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El nuevo periodo de prueba

El periodo de prueba le permite al empleador evaluar competencias, conocimientos, aptitudes y responsabilidad de la persona que contrata, mientras que para el trabajador, además de vincularse económicamente y conocer su ámbito laboral, tiene importantes efectos en lo que refiere a la planificación de su futuro inmediato y de su familia : sus posibilidades de acceder a un crédito, pagar un alquiler, invertir ahorros, entre otros.

Con la sanción de la Ley Bases, se amplió este periodo, pasando de tres (3) meses a seis (6), pudiendo además ser ampliado hasta un (1) año por convenio colectivo según la cantidad de personas que se desempeñen en una empresa.

En el periodo de prueba el empleador puede despedir al trabajador sin expresión de causa, es decir, que el trabajador no tiene derecho a indemnización por despido.

Por eso, la ley establece distintas reglas :1. Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador más de una vez.

En caso de que un trabajador sea recontratado, se considerará que el empleador renunció al período de prueba, por lo que, ante un despido, el trabajador va a tener derecho ser indemnizado.

Además, la relación laboral tiene que ser registrada desde su fecha de inicio ; caso contrario, también se va a considerar que el empleador renunció al periodo de prueba.2.

Tampoco el empleador puede contratar sucesivamente a distintos trabajadores para un mismo puesto de trabajo que, por sus características, debería ser permanente.3.

Deben realizarse los pagos de los aportes y contribuciones y el trabajador tiene derecho también a las prestaciones por accidentes o enfermedades.4.

El período de prueba se computa como antigüedad del trabajador.5.

El empleador que pretenda despedir a un trabajador en este periodo, debe notificarle con una anticipación de quince (15) días. Si no extiende este preaviso, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a su remuneración.

Es importante tener en cuenta de qué manera la Ley regula el periodo de prueba para evitar que se haga un uso abusivo de esta figura y que un trabajador que inicia una relación laboral, con todas las expectativas que esto genera , se vea perjudicado en sus derechos.

Estudio Jurídico Graff & Asociados@estudiojuridicograff

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