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Eximición de impuesto automotor y patentes de motos

Como parte de las iniciativas de acompañamiento para mitigar los efectos de la inundación, se encuentra vigente la eximición de la primera cuota a liquidarse para el año 2025 del impuesto automotor Ley N° 13010 y del de Patentes de rodados (motos).

Las medidas se establecieron en la Ordenanza N° 22.024, artículos 3 y 4, y comprenden sólo a vehículos municipalizados.

Además, en ambos casos, aquellos contribuyentes que puedan acreditar de modo fehaciente los daños causados por la inundación del pasado 7 de marzo podrán solicitar la exención por el resto del año fiscal respecto al referido tributo.

Para realizar el trámite se debe ingresar a la plataforma eximiciontasas.bahia.gob.ar, completar un formulario y adjuntar documentación (fotografías o documentación reparatoria).

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