La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica lo prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial.
La ANMAT prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica un yogur griego.
Se trata del producto «Yogur griego», marca Kay, por carecer de registros sanitarios, resultando ser un producto ilegal.
Las acciones se iniciaron a raíz del reclamo de un consumidor porque «no cumpliría con la normativa alimentaria vigente» y «el rótulo del producto carece de información obligatoria que identifique su origen». Detalló que fue comprado por encargo a través de una plataforma de venta en línea.
La conclusión de la ANMAT fue que con aquellos datos «no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado». Por lo tanto no podrá ser «elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República«.