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La Justicia sobreseyó a los Gendarmes investigados por la muerte de Santiago Maldonado

Los beneficiados con el fallo del juez Gustavo Lleral son Emmanuel Echazú, Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila y Marcelo Ferreyra

A 10 días de que se cumplieran seis años de la última vez que fue visto con vida Santiago Maldonado, cuyo cuerpo fue encontrado 70 días después de que se ahogara, el juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, sobreseyó a cuatro gendarmes que eran investigados por la muerte del artesano, tras el operativo de desalojo en la ruta 40 del que participaron en el 2017.

Lleral, al analizar el accionar de los uniformados, entendió que “las razones asentadas sobre las evidencias que determinan, de manera indiscutible, mi convicción, es que sostengo con la certeza suficientemente necesaria que en los eventos verificados los días 31 de julio y 1º de agosto de 2017, no existe absolutamente, ninguna conducta humana que sea susceptible de constituir un ilícito”. Para el juez federal, “la verdad” de lo ocurrido se pudo demostrar con “independencia e imparcialidad”.

Luego hizo un raconto que Maldonado se encontraba en el lugar en el que había sido visto por última vez el 1 de agosto de 2017: “Solo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos”.

El magistrado luego escribió que “la desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huida; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo”.

“Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”, afirmó Lleral.

A párrafo seguido, dio por probado que “allí quedó su cuerpo atrapado, enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se produjeran los cambios de clima”.

Ante la posición de la querella de la familia Maldonado de que la muerte se debió a la represión de los efectivos, sumó: “Aunque se insista en presentar los hechos de un modo absurdamente diverso a su esencia, aunque se pretenda evitar o demorar la realización de medidas de prueba debeladoras de esos hechos, aunque insistentemente se propongan infinitas medidas abiertamente inconducentes, y aunque se declare públicamente que los hechos no son como sucedieron sino como algunos prefieren que hayan sido, lo cierto es que la verdad que rodeó la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y víctima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron), es una sola”.

Lleral afirmó que a los gendarmes investigados y todos sus compañeros que participaron del operativo de desalojo “ni siquiera se les puede dirigir el reproche de un hipotético abandono de persona en perjuicio de Santiago Andrés Maldonado, pues, tal como se dijo, no existe elemento de prueba alguno que permita sostener ese juicio de tipicidad y esa atribución penal”.

En la misma resolución con la que dispuso los sobreseimientos, Lleral decidió “dejar sin efecto la reconstrucción virtual y la pericia tecnológica oportunamente dispuestas a través del decreto de fecha 28 de octubre de 2022″.

 

 

(La Nación)

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