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Ojo fiscal: a partir de qué monto los bancos y billeteras virtuales deben reportar a ARCA las operaciones de sus clientes

Las entidades financieras y las billeteras virtuales deberán reportar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex AFIP), operaciones que superen nuevos montos mínimos, actualizados por la inflación.

Las cifras revisadas establecen que las transacciones superiores a $600.000, ingresos o egresos mayores a $1.000.000, y saldos finales que superen los $2.000.000 serán notificadas a ARCA.

Este mecanismo, aunque parece estar orientado a los contribuyentes, no implica cambios ni costos adicionales para ellos, sino que recae completamente en las entidades financieras y plataformas virtuales responsables de recopilar y entregar la información.

Para los usuarios de servicios financieros, esta actualización no introduce nuevas obligaciones fiscales. Sin embargo, sí marca un umbral a partir del cual ARCA puede solicitar documentación que acredite el origen de los fondos involucrados en esas transacciones

“Se trata de un sistema que privilegia la transparencia financiera y la fiscalización inteligente”, explican desde la agencia fiscal. El objetivo es garantizar que los movimientos sean legítimos y declarados, en línea con las normativas vigentes.

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Operaciones sujetas a información a partir de enero de 2025

$600.000:

  • Consumos totales realizados con tarjetas de débito en el país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000:

  • Acreditaciones bancarias totales registradas en un mes.
  • Depósitos a plazo fijo constituidos durante el mes.
  • Extracciones en efectivo (por ventanilla, cajeros automáticos o cualquier otro medio) tanto en el país como en el exterior.
  • Saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$2.000.000:

  • Transferencias bancarias o virtuales realizadas exclusivamente desde billeteras virtuales que superen este monto.

¿Qué deben informar las entidades?

Las entidades alcanzadas por esta normativa están obligadas a detallar a ARCA la información relacionada con las operaciones que superen los montos establecidos. Esto incluye datos sobre consumos, movimientos de fondos, depósitos y saldos, tanto en el ámbito bancario tradicional como en el digital.

En el caso de las billeteras virtuales, las plataformas deben reportar no solo los ingresos y egresos, sino también transferencias que involucren montos significativos. Este punto es clave, dado el crecimiento exponencial de las operaciones realizadas a través de estas aplicaciones en los últimos años.

Fuente: Infobae

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