Finalizado el mes de diciembre y, por ende, el movimiento comercial propio de la Navidad, es importante recordar que Ley 24.240 de Defensa al Consumidor protege tanto a quienes hacen las compras como aquellos que reciben los regalos.
Los productos nuevos tienen por ley una garantía mínima de 6 meses, por que poco importa si los vendedores indican un plazo menor. Durante este plazo, si, por ejemplo, un electrodoméstico no funciona, los gastos por la reparación y compra de repuestos corren a cargo del vendedor. Lo mismo ocurre en caso que sea necesario un flete para trasladarlo para su arreglo o recambio.
Asimismo, encontrándose en reparación (sea ante el mismo vendedor o ante el servicio técnico), se puede solicitar un producto en reemplazo provisorio hasta tanto finalicen las tareas y, si éste es reparado varias veces e igual funciona mal, entonces el vendedor debe reemplazarlo definitivamente o dar una compensación económica.
Por otro lado, en caso de compras por Internet, en el plazo de 10 días desde que se recibe el producto, el cliente puede arrepentirse de esta compra, por lo que va a poder solicitar la devolución del dinero, siempre y cuando el producto se entregue tal y como se recibió. Cabe mencionar que los gastos de devolución deben correr por cuenta del vendedor.
Por más que se trate de ofertas, las consignas en algunos comercios o en sitios web que indiquen que “no se aceptan cambios ni devoluciones” no tiene ningún valor. Es fundamental conocer estas cuestiones, asesorarse, efectuar los reclamos pertinentes en relación a estas compras o regalos y, de este modo, evitar que se frustren expectativas ni se vulneren derechos.
¡Feliz 2025!
Estudio Graff & Asociados
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