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  • Sociedad

Variante Ómicron: qué protocolos tendrán que cumplir quienes lleguen al país

Luego de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificara a la variante Ómicron de “preocupación”, el Gobierno estableció los nuevos protocolos que deben realizar aquellas personas que lleguen a la Argentina provenientes de África.

En el documento firmado por el Jefe de Gabinete Juan Manzur, toda persona que sea residente y provenga de las zonas “afectadas” por la variante Ómicron deberá cumplir una serie de requisitos.

Qué deberán hacer quiénes provengan de zonas afectadas por la variante Ómicron

– Indicar en su Declaración Jurada si proviene o si estuvo, en los últimos 14 días previos a su ingreso al país, en las zonas afectadas definidas por la autoridad sanitaria nacional.

– Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país, el cual deberá consignarse en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones.

– Contar con una PCR negativa efectuada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al ingreso al país.

– Realizarse una prueba de antígeno a la llegada a la Argentina.

– Cumplir una cuarentena de 14 días, y hacerse un PCR al décimo día de su toma de muestra de test PCR en origen, cuyo resultado deberá ser negativo, como condición de finalización del aislamiento obligatorio.

Además de lo dispuesto anteriormente, los no residentes deberán poseer seguro de salud Covid-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

Respecto a los vuelos provenientes de Sudáfrica, el artículo dos señala que se “mantendrá la suspensión” de las “operaciones de transporte aéreo de pasajeros y pasajeras en vuelos directos que tengan como origen el continente africano, en atención a la detección del nuevo linaje en la secuenciación de muestras locales”.

Además, advierte que será el Ministerio de Transporte a través de la Administración de Aviación Civil (ANAC) el responsable de “ampliar o reducir la nómina de continentes, países o áreas de interdicción, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional”.

Fuente 0291 y mitre

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